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Las pequeñas empresas estarán obligadas a presentar facturas de forma electrónica

Factura electrónica

Las pequeñas empresas también estarán obligadas a presentar las facturas de forma electrónica. El Ejecutivo da dos años de plazo a las pymes para implementar esta nueva medida.

Hacienda pone el foco en las pequeñas empresas. A partir de ahora, las empresas y profesionales ya sean grandes o pequeñas empresas, estarán obligadas a presentar la factura de forma electrónica tras la aprobación de la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, recogida en el Boletín Oficial del Estado.

¿Cómo afecta la nueva ley a las empresas?

Las pequeñas empresas son las que sufren en mayor medida las malas prácticas en relación con los plazos de pago. Por ello, es urgente la implementación de iniciativas que incentiven los pagos sin demora. El Gobierno, otorga un periodo de dos años desde la aprobación de su desarrollo reglamentario, para que las empresas se adapten a la implementación de la factura electrónica obligatoria.

Se establecerán además sanciones de hasta 10 000 euros para quienes, estando obligados, no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso de las personas que han dejado de ser clientes a sus facturas.

En concreto, el texto de la nueva ley aprobada determina que: «Todos los empresarios y profesionales deberán expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales. El destinatario y el emisor de las facturas electrónicas deberán proporcionar información sobre los estados de la factura».

Algunas de las nuevas condiciones que afectan tanto a empresas como profesionales y que se incorporan en forma de ley con el objetivo de agilizar y digitalizar la facturación son:

  1. La obligación de las empresas, de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales.
  2. Las empresas están obligadas a proporcionar información sobre los estados de la factura tanto si son los destinatarios como si son los emisores de la misma.
  3. Desde la emisión de la factura y durante los siguientes cuatro años los destinatarios podrán solicitar una copia sin necesidad de gastos adicionales. Al mismo tiempo tienen la posibilidad de seguir consultando su factura electrónica aunque haya resuelto su contrato con la empresa o revocado su consentimiento para recibir facturas electrónicas. Tampoco caduca por esta causa su derecho a acceder a las facturas emitidas con anterioridad.
  4. El receptor de la factura no podrá obligar a emplear una plataforma, solución o proveedor de servicios de facturación electrónica predeterminados.
  5. Las plataformas empleadas deben garantizar la interconexión e interoperabilidad gratuitas. Y da lo mismo que estas sean propias u ofrecidas por empresas de servicios de facturación electrónica.

Principales beneficios del uso de la factura electrónica

  1. Digitalización y optimización de las relaciones empresariales
  2. Reducción de tiempo y costes
  3. Aumento de la productividad
  4. Mayor seguridad y fiabilidad de las transacciones electrónicas
  5. Reducción de la morosidad en las operaciones comerciales
  6. Trazabilidad y control de pagos entre empresas y autónomos
  7. Reducción de errores humanos gracias a la automatización de procesos

¿Qué ayudas existen para adaptarse a la factura electrónica?

Para apoyar esta medida, la Agenda Digital 2025 y en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se han propuesto programas de subvenciones para facilitar la implantación masiva de soluciones de digitalización.

El Programa Kit Digital dotado con más de 3.000 millones de euros en subvenciones cuyo objetivo es facilitar el periodo de transición y la adaptación de las pequeñas empresas en el proceso de digitalización, hace posible que la factura electrónica se incluya como una de las categorías de solución de digitalización subvencionable.